Resolución N.° 002126-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
12 de agosto de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 01897-2022-JUS/TTAIP de fecha 26 de julio de 2022, interpuesto por YEAN MARLON HUACHUA SICHA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el HOSPITAL REGIONAL DE ICA, con fecha 27 de junio de 2022.
Con fecha 27 de junio de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “copia de todo el expediente de pago (resoluciones judiciales, resoluciones directorales, resoluciones administrativas entre otros documentos que generen el pago) por zona de emergencia, producto del terremoto del año 2007”.
Con fecha 26 de julio de 2022, el recurrente presentó su recurso de apelación ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 002043-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución, no han sido alcanzados.
Con fecha 27 de junio de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “copia de todo el expediente de pago (resoluciones judiciales, resoluciones directorales, resoluciones administrativas entre otros documentos que generen el pago) por zona de emergencia, producto del terremoto del año 2007”.
Con fecha 26 de julio de 2022, el recurrente presentó su recurso de apelación ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 002043-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución, no han sido alcanzados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala