Resolución N.° 001981-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
25 de julio de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 01495-2022-JUS/TTAIP de fecha 10 de junio de 2022, interpuesto por BRUNO DAVID AMORETTI ALIAGA contra la respuesta contenida en el Memorando N° D000771-2022-PCM-OGTI de fecha 6 de junio de 2022, mediante la cual la PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 24 de mayo de 2022.
Con fecha 24 de mayo de 2022, el recurrente requirió a la entidad que le remita por correo electrónico la siguiente información:
“(…) copia digital de todos los correos (recibidos y enviados) y sus archivos adjuntos entre el 9 de febrero del 2022 hasta el lunes 23 de abril del 2022 de la siguiente dirección de correo electrónico: atorresv@pcm.gob.pe, perteneciente al funcionario público Aníbal Torres Vásquez (DNI XXXXXXX ) quien labora desde el 9 de febrero del 2022 como presidente del Consejo de Ministros en la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).” [sic]
Con fecha 24 de mayo de 2022, el recurrente requirió a la entidad que le remita por correo electrónico la siguiente información:
“(…) copia digital de todos los correos (recibidos y enviados) y sus archivos adjuntos entre el 9 de febrero del 2022 hasta el lunes 23 de abril del 2022 de la siguiente dirección de correo electrónico: atorresv@pcm.gob.pe, perteneciente al funcionario público Aníbal Torres Vásquez (DNI XXXXXXX ) quien labora desde el 9 de febrero del 2022 como presidente del Consejo de Ministros en la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).” [sic]
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala