Resolución N.° 001914-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

19 de julio de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01594-2022-JUS/TTAIP de fecha 21 de junio de 2022, interpuesto por AMG - AUPLATA MINING GROUP PERÚ S.A.C. contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES con fecha 20 de mayo de 2022 con Registro N° 13435-2022.
Con fecha 20 de mayo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde lo siguiente:
“1. INFORMACIÓN SOBRE LAS ACCIONES DE SUPERVISIÓN EN TERRENOS ERIAZOS DE TITULARIDAD DEL ESTADO EN EL DISTRITO DE CAYLLOMA POR PARTE DE LA SUBDIRECCIÓN QUE AHORA DIRIGE EN VIRTUD DEL PROYECTO DE INVERSIÓN DE MINERA BATEAS S.A.C. APROBADO POR EL MINEM Y SUSTENTADO EN EL EXPEDIENTE DE LA REFERENCIA.
2. CONSULTAR CUÁNTO SERÍA EL MONTO DE CONTRAPRESTACIÓN QUE ADEUDARÍA DICHA EMPRESA POR EL USO DE TERRENOS ERIAZOS DEL ESTADO DESDE LA FECHA DE LA EJECUCIÓN DE SUS ACTIVIDADES” (sic).
Con fecha 21 de junio de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 001709-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 28 de junio de 2022, notificada a la entidad en fecha 14 de julio de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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