Resolución N.° 001911-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
19 de julio de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 01302-2022-JUS/TTAIP de fecha 25 de mayo de 2022, interpuesto por LOCALES AT S.A.C., representado por Juan Arturo Huasasquiche Guisazola en calidad de apoderado, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOCHUMÍ con fecha 3 de mayo de 2022.
Con fecha 3 de mayo de 2022, el recurrente requirió a la entidad se le remitta a traves de su correo electrónico la siguiente información:
“Enviar copia del dispositivo legal que sustente que el plano estructural es un requisito obligatorio para obtener el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) para establecimientos que desarrollan alguno de los siguientes giros: apuestas deportivas, apuestas en línea, casas de juegos de azar y apuestas deportivas, entre otras” [sic]
Con fecha 12 de mayo de 2022, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001579-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, notificada el 11 de julio de 20222 , se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 3 de mayo de 2022, el recurrente requirió a la entidad se le remitta a traves de su correo electrónico la siguiente información:
“Enviar copia del dispositivo legal que sustente que el plano estructural es un requisito obligatorio para obtener el Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) para establecimientos que desarrollan alguno de los siguientes giros: apuestas deportivas, apuestas en línea, casas de juegos de azar y apuestas deportivas, entre otras” [sic]
Con fecha 12 de mayo de 2022, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001579-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, notificada el 11 de julio de 20222 , se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala