Resolución N.° 002175-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
22 de setiembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02121-2022-JUS/TTAIP de fecha 31 de agosto de 2022, interpuesto por HECTOR FELIPE ORTIZ ZEGARRA , contra la Carta Nº335-2022- AIP/SG-MDCC notificada el 25 de agosto del 2022, a través de la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada por el recurrente el 12 de agosto de 2022.
Con fecha 12 de agosto de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que se le proporcione los “(…) Parámetros urbanos vigentes e información de zonificación de la Urb. Challapampa, ronda La Merced, Urb. Norita (a un lado del colegio Calienes), y zonas aledañas” (sic).
A través de la Carta Nº335-2022-AIP/SG-MDCC notificada el 25 de agosto del 2022, la entidad remitió al recurrente la Hoja de Coordinación Nº 0446-2022-SGPHU-GDUCMDCC, expedida por el Subgerente de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, quien en dicho documento refirió “(…) que toda solicitud de acceso a la información pública se remite a la entrega de copias certificadas más no se emite informes; así mismo, el administrado puede solicitar el certificado de parámetros según el TUPA, lo que hago de su conocimiento para los fines pertinentes”.
Con fecha 12 de agosto de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad que se le proporcione los “(…) Parámetros urbanos vigentes e información de zonificación de la Urb. Challapampa, ronda La Merced, Urb. Norita (a un lado del colegio Calienes), y zonas aledañas” (sic).
A través de la Carta Nº335-2022-AIP/SG-MDCC notificada el 25 de agosto del 2022, la entidad remitió al recurrente la Hoja de Coordinación Nº 0446-2022-SGPHU-GDUCMDCC, expedida por el Subgerente de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, quien en dicho documento refirió “(…) que toda solicitud de acceso a la información pública se remite a la entrega de copias certificadas más no se emite informes; así mismo, el administrado puede solicitar el certificado de parámetros según el TUPA, lo que hago de su conocimiento para los fines pertinentes”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala