Resolución N.° 002164-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

21 de setiembre de 2022

Con fecha 2 de junio de 2022, el recurrente solicitó a la entidad le remita por correo electrónico:“ (…) COPIA CERTIFICADA Y/O FEDATAEDA; DE LA RESOLUCION N° 521007912-2021-ATU/DSFS-SS-PAS. DE FECHA 13-05-2021, QUE TIENE RELACIÓN CON EL ACTA DE FISCALIZACIÓN N° 024402-2020-ATU-U”.
Con fecha 15 de agosto de 2022 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, señalando que la entidad no respondió su solicitud y que “(…) se proceda a revisar y sancionar administrativamente a quienes resulten responsables de brindar la información y se responda mi solicitud al ATU, conforme a Ley (…)”.
Mediante la Resolución 002059-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 20 de setiembre de 2022 mediante el Oficio N° D-000109-2022-ATU/GGUACGD-AIP a entidad remite el expediente administrativo y sus descargos contenidos en el Informe N° 009-2022-ATU/GG-UACGD-SRVS, el cual señala “(…) que, mediante Carta N° D-000063-2022- ATU/GG-UACGD-AIP de fecha 14 de junio de 2022, se procedió a remitir la información requerida por el solicitante, la cual fue notificada al correo electrónico consignado en su solicitud, contando con la respuesta automática generada por el sistema informático, el cual garantiza su realización (…)”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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