Resolución N.° 002159-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
21 de setiembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 01732-2022-JUS/TTAIP de fecha 7 de julio de 2022, interpuesto por LUIS FERNANDO FLORES VEGA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el PODER JUDICIAL con fecha 14 de junio de 2022.
Con fecha 14 de junio de 2022 el recurrente solicitó a la entidad remita por correo electrónico lo siguiente: “Copia del documento del año 2019, emitido por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, mediante el cual comunica a la Oficina de Coordinación de Proyectos el registro de la IOARR 2450511 en el PMI”.
Con fecha 7 de julio de 2022 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 002017-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, requiriendo a la entidad el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública y la presentación de sus descargos, sin que a la fecha haya presentado documentación alguna.
Con fecha 14 de junio de 2022 el recurrente solicitó a la entidad remita por correo electrónico lo siguiente: “Copia del documento del año 2019, emitido por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, mediante el cual comunica a la Oficina de Coordinación de Proyectos el registro de la IOARR 2450511 en el PMI”.
Con fecha 7 de julio de 2022 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 002017-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, requiriendo a la entidad el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública y la presentación de sus descargos, sin que a la fecha haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala