Resolución N.° 003197-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

5 de diciembre de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 02733-2022-JUS/TTAIP de fecha 3 de noviembre de 2022, interpuesto por ROSARIO MARILU ESPIRITU GONZALES contra la respuesta remitida mediante correo electrónico de fecha 20 de octubre de 2022, mediante la cual el BANCO DE LA NACIÓN denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada mediante con fecha 7 de octubre de 2022.
Con fecha 7 de octubre de 2022 la recurrente solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico: “en formato digital toda documentación que sirvió de sustento para la elaboración y consecuente aprobación del Tarifario 2022, correspondiente a la cobranza coactiva que ejerce el Banco de la Nación en mérito de convenios suscritos con distintas entidades de la Administración Pública.” (sic)
Mediante la respuesta remitida mediante correo electrónico de fecha 20 de octubre de 2022, la entidad denegó el requerimiento de la administrada, señalando lo siguiente:
“Al respecto, la Subgerencia Estudios Económicos y Financieros de la Gerencia Finanzas y Tesorería, área competente para brindar atención a su solicitud de acceso, informa lo siguiente:
Se indica que durante el año 2022 (periodo señalado en la solicitud) no se ha modificado el tarifario aplicable al servicio de Cobranza Coactiva que figuran en el tarifario del BN, por lo cual no existe documentación para remitir respecto a aprobación de un nuevo tarifario en el periodo 2022 para el servicio mencionado.
Para ello, se adjuntan el tarifario del BN que estuvo vigente al cierre del 2021 (04 folios) y el tarifario actual (04 folios), ambos de la Sección Cobranza Coactiva, como evidencia de que en el periodo 2022 no se han aprobado nuevas tarifas del servicio.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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