Resolución N.° 000343-2023-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
1 de febrero de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03273-2022-JUS/TTAIP de fecha 27 de diciembre de 2022, interpuesto por JOSÉ SEVERIANO SIESQUÉN BRENIS contra la respuesta contenida en el correo electrónico de fecha 16 de diciembre de 2022, a través del cual el MINISTERIO DE SALUD, atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 12 de diciembre de 2022, que generó el Expediente N° 2022-0102827.
Con fecha 12 de diciembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la remisión por correo electrónico de la siguiente información:
“1. Copia fedateada de expediente y∕o documento∕Resolución (de ser el caso) que acrediten Autorización al servidor, o, servidores designado en condición de Usuario Registrador (operador) para el registro y actualización de los datos de los recursos humanos de los Recursos Humanos en Salud – INFORHUS, elevado por la Dirección Ejecutiva de la Red de Salud de Chepén, distrito y provincia de Chepén, Región La Libertad, a la Dirección General de Personal – DIGEP.
2. Copia de expediente y∕o documentos que acrediten Cumplimiento de la Dirección Ejecutiva de la Red de Salud de Chepén, a las Disposiciones contenidas en el OFICIO CIRCULAR N°199-2020-DG-DIGEP/MINSA. Lima, 09 de diciembre del 2020, con especial atención en los numerales a) b), c); y, de ser el caso, las acciones efectuadas por la Dirección General de Personal, con respecto a la parte final: “Correspondiendo bajo responsabilidad, a la máxima autoridad administrativa de cada unidad ejecutora, el proceso de implementación de pago, en cumplimiento de las normas legales vigentes.”
3. Copia de expediente y∕o documentos que acrediten Cumplimiento de la Dirección Ejecutiva de la Red de Salud de Chepén, a las Disposiciones de hacer entrega del Listado Nominal y Acto Resolutivo de la bonificación autorizada por el articulo 4 del D.U. N°020-2021 a favor del personal beneficiario del "BONO COVID" en el aplicativo INFORHUS, correspondiente al periodo enero – abril del 2021; y, de ser el caso, las acciones de responsabilidad administrativa efectuadas por la Dirección General de Personal, en contra de la máxima autoridad administrativa de la Red de Salud de Chepén, durante el proceso de implementación de pago, ante el posible incumplimiento de las normas legales vigentes para tal fin.” [sic]
Con fecha 12 de diciembre de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la remisión por correo electrónico de la siguiente información:
“1. Copia fedateada de expediente y∕o documento∕Resolución (de ser el caso) que acrediten Autorización al servidor, o, servidores designado en condición de Usuario Registrador (operador) para el registro y actualización de los datos de los recursos humanos de los Recursos Humanos en Salud – INFORHUS, elevado por la Dirección Ejecutiva de la Red de Salud de Chepén, distrito y provincia de Chepén, Región La Libertad, a la Dirección General de Personal – DIGEP.
2. Copia de expediente y∕o documentos que acrediten Cumplimiento de la Dirección Ejecutiva de la Red de Salud de Chepén, a las Disposiciones contenidas en el OFICIO CIRCULAR N°199-2020-DG-DIGEP/MINSA. Lima, 09 de diciembre del 2020, con especial atención en los numerales a) b), c); y, de ser el caso, las acciones efectuadas por la Dirección General de Personal, con respecto a la parte final: “Correspondiendo bajo responsabilidad, a la máxima autoridad administrativa de cada unidad ejecutora, el proceso de implementación de pago, en cumplimiento de las normas legales vigentes.”
3. Copia de expediente y∕o documentos que acrediten Cumplimiento de la Dirección Ejecutiva de la Red de Salud de Chepén, a las Disposiciones de hacer entrega del Listado Nominal y Acto Resolutivo de la bonificación autorizada por el articulo 4 del D.U. N°020-2021 a favor del personal beneficiario del "BONO COVID" en el aplicativo INFORHUS, correspondiente al periodo enero – abril del 2021; y, de ser el caso, las acciones de responsabilidad administrativa efectuadas por la Dirección General de Personal, en contra de la máxima autoridad administrativa de la Red de Salud de Chepén, durante el proceso de implementación de pago, ante el posible incumplimiento de las normas legales vigentes para tal fin.” [sic]
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala