Resolución N.° 000001-2023-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
3 de enero de 2023
VISTO el Expediente de Apelación N° 03106-2022-JUS/TTAIP de fecha 6 de diciembre de 2022, interpuesto por EDWIN JESUS LUNA YURIVILCA contra la Carta N°. 1481- 2022-JUS/OILC-TAI de fecha 1 de diciembre de 20221 , mediante el cual el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - CONSEJO DEL NOTARIADO, dio respuesta a su solicitud de acceso a la información pública de fecha 18 de noviembre de 2022.
Con fecha 18 de noviembre de 2022 el recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“1. Que de la relación de los postulantes inscritos al concurso Público de méritos para el ingreso a la Función Notarial N° 001- 2021-CNL/LIMA-PERU, me informen y expidan la relación de postulantes que presentaron sus Certificados de Salud Mental y Certificados Médicos o Certificados de Salud visados por la DIRIS LIMA CENTRO.
2. Que, me informen si algún postulante inscrito al Concurso Público de méritos para el ingreso a la Función Notarial N° 001- 2021-CNL/LIMA-PERU presentó documentos a través de los cuales puso en conocimiento del Jurado Calificador del Concurso Público de méritos que la DIRIS LIMA CENTRO no visa los Certificados de Salud Mental y Certificados Médicos o Certificados de Salud emitidos por los Hospitales y Centros de Salud.
3. Que, me informen sobre el trámite y respuesta que dio el Jurado calificador del concurso Público de Méritos para el ingreso a la función notarial N° 001- 2021- CNL/LIMA-PERU a la documentación presentada respecto a que la DIRIS LIMA CENTRO no visa los Certificados de Salud Mental y Certificados Médicos o Certificados de Salud emitidos por los Hospitales y Centros de Salud.
4. Que, me expidan copias certificadas de la documentación y respuesta del Jurado Calificador del Concurso Público de méritos para el ingreso a la Función Notarial N° 001- 2021-CNL/LIMA-PERU respecto a la documentación que les puso en conocimiento que la DIRIS LIMA CENTRO no visa los Certificados de Salud Mental y Certificados Médicos o Certificados de Salud emitidos por los Hospitales y Centros de Salud.”
Con fecha 18 de noviembre de 2022 el recurrente solicitó a la entidad lo siguiente:
“1. Que de la relación de los postulantes inscritos al concurso Público de méritos para el ingreso a la Función Notarial N° 001- 2021-CNL/LIMA-PERU, me informen y expidan la relación de postulantes que presentaron sus Certificados de Salud Mental y Certificados Médicos o Certificados de Salud visados por la DIRIS LIMA CENTRO.
2. Que, me informen si algún postulante inscrito al Concurso Público de méritos para el ingreso a la Función Notarial N° 001- 2021-CNL/LIMA-PERU presentó documentos a través de los cuales puso en conocimiento del Jurado Calificador del Concurso Público de méritos que la DIRIS LIMA CENTRO no visa los Certificados de Salud Mental y Certificados Médicos o Certificados de Salud emitidos por los Hospitales y Centros de Salud.
3. Que, me informen sobre el trámite y respuesta que dio el Jurado calificador del concurso Público de Méritos para el ingreso a la función notarial N° 001- 2021- CNL/LIMA-PERU a la documentación presentada respecto a que la DIRIS LIMA CENTRO no visa los Certificados de Salud Mental y Certificados Médicos o Certificados de Salud emitidos por los Hospitales y Centros de Salud.
4. Que, me expidan copias certificadas de la documentación y respuesta del Jurado Calificador del Concurso Público de méritos para el ingreso a la Función Notarial N° 001- 2021-CNL/LIMA-PERU respecto a la documentación que les puso en conocimiento que la DIRIS LIMA CENTRO no visa los Certificados de Salud Mental y Certificados Médicos o Certificados de Salud emitidos por los Hospitales y Centros de Salud.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala