Resolución N.° 001743-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
4 de julio de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 01209-2022-JUS/TTAIP de fecha 17 de mayo de 2022, interpuesto por GRACIELA MAGDALENA VARGAS UGARTE contra la Carta de acceso a la información Pública N° 331-2022-MPSR-J/GSG notificada el 28 de abril de 2022, mediante la cual la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMÁN, atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 15 de diciembre de 2021, registrada con Expediente Administrativo N° 00041278-2021.
Con fecha 15 de diciembre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad, la siguiente información: “(...) COPIA DE LA RESOLUCIÓN DE SERVIDOR AD HOC N° 001- 2018-MPSRJ DE FECHA 10-12-2018 CONJUNTAMENTE CON TODOS SUS ANEXOS QUE DIERON LUGAR A LA EMISIÓN DEL MISMO, ADEMAS COPIA DE LA RELACIÓN Y/O DOCUMENTO DE LOS TRABAJADORES MUNICIPALES A QUIENES SE LES HA APLICADO LA RESOLUCIÓN SEÑALADA.”
Mediante la Carta de acceso a la información Pública N° 331-2022-MPSR-J/GSG notificada el 28 de abril de 2022, la entidad brindó atención a la solicitud de la recurrente, adjuntando el Informe N° 0243-2021-MPSR-J/GPP/DAV, de fecha 20 de diciembre de 2021, a través del cual el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, señaló al Gerente de Secretaría General que: “(…) no se encuentra en el acervo documentario de esta dependencia, es por tal motivo que se retornan los documentos de referencia a su despacho.” (sic).
Con fecha 15 de diciembre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad, la siguiente información: “(...) COPIA DE LA RESOLUCIÓN DE SERVIDOR AD HOC N° 001- 2018-MPSRJ DE FECHA 10-12-2018 CONJUNTAMENTE CON TODOS SUS ANEXOS QUE DIERON LUGAR A LA EMISIÓN DEL MISMO, ADEMAS COPIA DE LA RELACIÓN Y/O DOCUMENTO DE LOS TRABAJADORES MUNICIPALES A QUIENES SE LES HA APLICADO LA RESOLUCIÓN SEÑALADA.”
Mediante la Carta de acceso a la información Pública N° 331-2022-MPSR-J/GSG notificada el 28 de abril de 2022, la entidad brindó atención a la solicitud de la recurrente, adjuntando el Informe N° 0243-2021-MPSR-J/GPP/DAV, de fecha 20 de diciembre de 2021, a través del cual el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, señaló al Gerente de Secretaría General que: “(…) no se encuentra en el acervo documentario de esta dependencia, es por tal motivo que se retornan los documentos de referencia a su despacho.” (sic).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala