Resolución N.° 001737-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

1 de julio de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01463-2022-JUS/TTAIP de fecha 8 de junio de 2022, interpuesto por CÉSAR ANTONIO MARTÍN MARQUEZ BALLESTEROS contra el Oficio N° D002331-2022-COFOPRI-OZLC de fecha 30 de mayo de 2022, por el cual el ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 23 de mayo de 2022 con Registro N° 2022-0027042.
Con fecha 23 de mayo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad copia fedateada de lo siguiente:
1) “Oficio N° D001622-2022C-COFOPR-OZLC (29/04/2022)
2) “Informe de Análisis de Riesgo correspondiente al A.H. “Sol Radiante”, distrito de Cieneguilla, región y provincia de Lima; emitido por la Subgerencia de Gestión de Riesgo, Desastre e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, a que hace referencia el Oficio antes indicado”
Mediante el Oficio N° D002331-2022-COFOPRI-OZLC de fecha 30 de mayo de 2022, la entidad indicó al recurrente lo siguiente:
“Al respecto se manifiesta que el procedimiento de declaración de propiedad vía prescripción adquisitiva de dominio (Expediente N° 016-2020-PAD-INT-OZLC) solicitado por los pobladores del A.H. “Sol Radiante” distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de Lima, se encuentra en la etapa de Diagnóstico Técnico Legal, establecido en el artículo 33° del Decreto Supremo N° 002-2021-VIVIENDA, Reglamento de la Ley N° 31056.
Con referencia a su pedido de copia fedateada del Oficio N° D001622-2022- COFOPRI-OZLC. de fecha 29/04/2022, se adjunta la copia solicitada adjunto al presente.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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