Resolución N.° 002030-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
1 de agosto de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01648-2022-JUS/TTAIP de fecha 27 de junio de 2022, interpuesto por GRACIELA DE LOSADA MARROU contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA, con fecha 28 de abril de 2022.
Con fecha 28 de abril de 2022, la recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…) solicito se me informe por escrito que entidad identificando al funcionario del Poder Judicial tiene en la actualidad la custodia del Certificado del Depósito Judicial N° 200800506026 por la suma de US $ 106,736.27, debido a que mediante Resolución de fecha 21 de enero de 2014 dictada en el Expediente Nº 46176-2007 en el que se tramitó el proceso de habeas corpus seguido contra mi persona, la entonces Jueza del 18º Juzgado Penal de Lima, Dra. Sonia Iris Salvador Ludeña, ordenó remitir a la Gerencia de Administración de la Corte Superior de Lima el mencionado Certificado de Depósito de Judicial cuya copia corre a fojas 1844 del mencionado Expediente Nº 46176-2007.” [sic]
Con fecha 27 de junio de 2022, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo. Añadiendo, que: “Si bien el documento que solicito se me indique quién lo custodia, constituye información pública de naturaleza reservada, señalo que yo soy la titular del derecho y este documento contiene información que solo yo puedo y busco obtener, frente a posibles abusos o riesgos dado que en algunas oportunidades los depósitos judiciales se han "extraviado".”
Mediante la Resolución N° 001866-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados.
Con fecha 28 de abril de 2022, la recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“(…) solicito se me informe por escrito que entidad identificando al funcionario del Poder Judicial tiene en la actualidad la custodia del Certificado del Depósito Judicial N° 200800506026 por la suma de US $ 106,736.27, debido a que mediante Resolución de fecha 21 de enero de 2014 dictada en el Expediente Nº 46176-2007 en el que se tramitó el proceso de habeas corpus seguido contra mi persona, la entonces Jueza del 18º Juzgado Penal de Lima, Dra. Sonia Iris Salvador Ludeña, ordenó remitir a la Gerencia de Administración de la Corte Superior de Lima el mencionado Certificado de Depósito de Judicial cuya copia corre a fojas 1844 del mencionado Expediente Nº 46176-2007.” [sic]
Con fecha 27 de junio de 2022, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo. Añadiendo, que: “Si bien el documento que solicito se me indique quién lo custodia, constituye información pública de naturaleza reservada, señalo que yo soy la titular del derecho y este documento contiene información que solo yo puedo y busco obtener, frente a posibles abusos o riesgos dado que en algunas oportunidades los depósitos judiciales se han "extraviado".”
Mediante la Resolución N° 001866-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad que en un plazo de cuatro (4) días hábiles remita el expediente administrativo correspondiente y formule sus descargos; los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala