Resolución N.° 001845-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

9 de agosto de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01852-2022-JUS/TTAIP de fecha 21 de julio de 2022, interpuesto por REMIGIO BERNARDO CAHUA SAHUANAY contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHIGUATA con Registro N° 1781 de fecha 17 de mayo de 2022.
Con fecha 17 de mayo de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione en copia simple la siguiente información:
“(…)
1.- Del Plan Anual de Contrataciones (PAC) de la Municipalidad Distrital de Chiguata, del presente año 2022, y sus modificatorias hasta la fecha (16-05- 2022); así como de la Resolución aprobatoria.
2.- Del Expediente técnico completo del Proyecto de la Obra: «Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad de la vía principal de Cachamarca, hasta el anexo de Arenales del distrito de Chiguata».
3.- Del Expediente de Contratación completo de la Obra: «Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad de la vía Principal de Cachamarca hasta el anexo de Arenales, del distrito de Chiguata», y donde consta entre otros actuados, el contrato de Obra entre la Municipalidad Distrital de Chiguata y Empresa AAA Adoquinado; adelantos y pagos efectuados a la fecha; y que supervisa el Ing. José Luis Bellido Marrón, con plazo de ejecución de 60 días calendario
4.- Del Expediente Técnico del proyecto de la Obra: «Creación de la Trocha Carrozable la Trampillo, Miraflores, Sector Samanilla, distrito de Chiguata, provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa».
5.- Del Expediente de Contratación por Administración Directa de la Obra «Creación de la Trocha Carrozable la Trompilla, Miraflores, Sector Samanilla, distrito de Chiguata, provincia de Arequipa, Departamento de Arequipa».
6.- Del Expediente administrativo seguido por el señor Peter Mauro Benavente (hijo del señor Alcalde), para el uso del Centro Recreacional LA COFRADIA de propiedad de la Municipalidad, (donde conste la solicitud escrita, Informes de la Unidades orgánicas respectivos, Autorización municipal y comprobante de pago por el alquiler y uso de dicho recinto deportivo recreacional), para su actividad organizada el día 13 de mayo del presente año 2022, con la denominación: “Team Black Bull” (…)”. (sic)
El 14 de junio de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

Vista preliminar de documento Resolución N° 001845-2022-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA.pdf

Resolución N° 001845-2022-JUS-TTAIP-PRIMERA SALA.pdf

PDF
274.2 KB