Resolución N.° 000778-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
30 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00461-2022-JUS/TTAIP de fecha 24 de febrero de 2022, interpuesto por GILDA ERIKA ROMERO DÍAZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el COLEGIO DE ABOGADOS DE AREQUIPA, con fecha 7 de diciembre de 2021, registrada con Número 996.
Con fecha 7 de diciembre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad, la siguiente información:
“1. Copia de la carpeta N° 088-2017- con sus respectivos tomos, seguida en contra del agremiado Alfredo Álvarez Álvarez Díaz (CAA 2440).
2. Copia de la resolución de sanción impuesta al citado abogado, de no existir el documento requerido señalar el motivo.
3. Finalmente, si la resolución de sanción ha sido materia de impugnación, sírvase señalar la instancia en vía administrativa en la que se encuentra o caso contrario si se encuentra en la vía judicial señale el número de expediente judicial”.
Con fecha 24 de febrero de 2022 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000640-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente y la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no han sido alcanzados.
Con fecha 7 de diciembre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad, la siguiente información:
“1. Copia de la carpeta N° 088-2017- con sus respectivos tomos, seguida en contra del agremiado Alfredo Álvarez Álvarez Díaz (CAA 2440).
2. Copia de la resolución de sanción impuesta al citado abogado, de no existir el documento requerido señalar el motivo.
3. Finalmente, si la resolución de sanción ha sido materia de impugnación, sírvase señalar la instancia en vía administrativa en la que se encuentra o caso contrario si se encuentra en la vía judicial señale el número de expediente judicial”.
Con fecha 24 de febrero de 2022 la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000640-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente y la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no han sido alcanzados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala