Resolución N.° 002872-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
6 de diciembre de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02929-2022-JUS/TTAIP de fecha 18 de noviembre de 2022, interpuesto por TEÓFILO RIPA HURTADO , contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada al INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICO N° 30522 con fecha 28 de octubre de 2022, registrada con Expediente N° 590.
Con fecha 28 de octubre de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(...)
a) Copia simple de todos los documentos del folder técnico de la “construcción del toldo” realizado en la Institución 3052, de los años 2020, 2021 y 2022.
b) Copia simple del balance económico de los años 2020, 2021 y 2022, relacionados a la “construcción del toldo” de la Institución 3052”. (sic)
El 18 de noviembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 002723-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos .
Con fecha 28 de octubre de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(...)
a) Copia simple de todos los documentos del folder técnico de la “construcción del toldo” realizado en la Institución 3052, de los años 2020, 2021 y 2022.
b) Copia simple del balance económico de los años 2020, 2021 y 2022, relacionados a la “construcción del toldo” de la Institución 3052”. (sic)
El 18 de noviembre de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 002723-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos .
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala