Resolución N.° 001815-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
4 de agosto de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01790-2022-JUS/TTAIP de fecha 14 de julio de 2022, interpuesto por HENRY ALBERT COARITA COARITA , contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ - UTSEVI PNP JULIACA con fecha 15 de junio de 2022.
Con fecha 15 de junio de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione copia simple de “(…) solicito la relación de los efectivos policiales asignados al control de tránsito de la Provincia de San Román, del distrito de Juliaca que cuentan con la capacitación establecido en el artículo 6 del decreto supremo N° 028-2009-MTC que señala “…el efectivo policial asignado al tránsito deberá recibir una capacitación anual que les permita actualizar sus conocimientos en normatividad vinculadas al tránsito terrestre y demás normas conexas para su adecuada aplicación, para lo cual la división nacional de tránsito de la PNP realizará las coordinaciones correspondientes con el MTC…”…correspondiente al año fiscal 2022 conjuntamente con la copia(s) del (as) documento (s) que acredite la capacitación señalada (…)”.
El 14 de julio de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 001680-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos , los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 15 de junio de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione copia simple de “(…) solicito la relación de los efectivos policiales asignados al control de tránsito de la Provincia de San Román, del distrito de Juliaca que cuentan con la capacitación establecido en el artículo 6 del decreto supremo N° 028-2009-MTC que señala “…el efectivo policial asignado al tránsito deberá recibir una capacitación anual que les permita actualizar sus conocimientos en normatividad vinculadas al tránsito terrestre y demás normas conexas para su adecuada aplicación, para lo cual la división nacional de tránsito de la PNP realizará las coordinaciones correspondientes con el MTC…”…correspondiente al año fiscal 2022 conjuntamente con la copia(s) del (as) documento (s) que acredite la capacitación señalada (…)”.
El 14 de julio de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 001680-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos , los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala