Resolución N.° 001795-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

3 de agosto de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01430-2022-JUS/TTAIP de fecha 3 de junio de 2022, interpuesto por ROLANDO CONCHA LOPEZ contra la Carta N° 210-2022- MINCETUR/SG/OGA/LEY27806 de fecha 20 de mayo del 2022, mediante la cual el MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO dio respuesta a su solicitud de acceso a la información pública de fecha 7 de mayo de 2022.
Con fecha 7 de mayo de 2022 el recurrente solicitó a la entidad que se le remita por correo electrónico:
“Solicito a Ivonne Echevarría Hurtado, Equipo Especializado Mesas Ejecutivas, secretaria técnica de la mesa ejecutiva para el desarrollo del turismo: 1) En archivo excel, la relación de personas (de entidades privadas como CANATUR y publicas como el MEF) que asistieron a las ultimas 10 mesas ejecutivas de turismo. Indicando por cada una de esas 10 mesas ejecutivas, el nombre de las personas asistentes y su DNI, y por cada persona el nombre de la institución que representan, su cargo al interior de dicha institución, motivo de su presencia o tema que expuso, correo electrónico y celular institucional. Al ser reuniones presenciales en instalaciones del gobierno, el DNI es información pública que debe registrarse para acceder. 2) La mesa ejecutiva es una caja negra, no sabemos quiénes se reúnen, para que se reunen, ni que acuerdan, por ello se pide, AGENDA DE LA SESIÓN de cada una de las últimas 10 mesas ejecutivas, y ACTA con las posiciones y acuerdos. No es herramienta de gestión”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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