Resolución N.° 001788-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
2 de agosto de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01577-2022-JUS/TTAIP de fecha 20 de junio de 2022, interpuesto por ABY JASKEL GOMBEROFF SNAIDERMAN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA con Documento Simple N° 2022-0043775 de fecha 18 de marzo de 2022.
Con fecha 18 de marzo de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“INFORMACIÓN DETALLADA RESPECTO AL SALDO CONTABLE2 REAL DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL (MML) AL 17 DE NOVIEMBRE DEL 2021, AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2021 Y RESPECTO AL AÑO 2022, VINCULADO A LOS CREDITOS PRESUPUESTALES DEL CENTRO DE COSTOS 11008- PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL, ESPECIFICANDO LOS SALDOS POR PARTIDAS PRESUPUESTALES DEL RUBRO OTROS GASTOS DESTINADOS AL PAGO DE DERECHOS ADMINISTRATIVOS, MULTAS, ENTRE OTROS. SE SOLICITA EL BALANCE DE SALDOS3 DEL PRESUPUESTO AL 17.11.2021, AL 31.12.2021 Y A LA FECHA ACTUAL 2022 RESPECTO AL RUBRO GASTOS DESTINADOS AL PAGO DERECHOS ADMINISTRATIVOS MULTAS, PERITOS ENTRE OTROS. [sic]”
Con fecha 20 de junio de 2022, al no tener respuesta por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada a su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
A través de la Resolución 001643-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA , esta instancia solicitó a la entidad el expediente administrativo correspondiente a la solicitud de acceso a la información pública presentada por el recurrente y la formulación de sus descargos; requerimientos que fueron atendidos con Oficio N° D000299-2022-MMLSGC-FREI de fecha 25 de julio de 2022, mediante el cual la entidad remitió solo el expediente requerido, sin brindar sus descargos.
Con fecha 18 de marzo de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“INFORMACIÓN DETALLADA RESPECTO AL SALDO CONTABLE2 REAL DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL (MML) AL 17 DE NOVIEMBRE DEL 2021, AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2021 Y RESPECTO AL AÑO 2022, VINCULADO A LOS CREDITOS PRESUPUESTALES DEL CENTRO DE COSTOS 11008- PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL, ESPECIFICANDO LOS SALDOS POR PARTIDAS PRESUPUESTALES DEL RUBRO OTROS GASTOS DESTINADOS AL PAGO DE DERECHOS ADMINISTRATIVOS, MULTAS, ENTRE OTROS. SE SOLICITA EL BALANCE DE SALDOS3 DEL PRESUPUESTO AL 17.11.2021, AL 31.12.2021 Y A LA FECHA ACTUAL 2022 RESPECTO AL RUBRO GASTOS DESTINADOS AL PAGO DERECHOS ADMINISTRATIVOS MULTAS, PERITOS ENTRE OTROS. [sic]”
Con fecha 20 de junio de 2022, al no tener respuesta por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada a su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
A través de la Resolución 001643-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA , esta instancia solicitó a la entidad el expediente administrativo correspondiente a la solicitud de acceso a la información pública presentada por el recurrente y la formulación de sus descargos; requerimientos que fueron atendidos con Oficio N° D000299-2022-MMLSGC-FREI de fecha 25 de julio de 2022, mediante el cual la entidad remitió solo el expediente requerido, sin brindar sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala