Resolución N.° 001784-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

2 de agosto de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01461-2022-JUS/TTAIP de fecha 7 de junio de 2022, interpuesto por JUAN QUISPE TICONA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR con Expediente 7453 de fecha 17 de mayo de 2022.
Con fecha 17 de mayo de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó que se le entregue “copia del documento presentado por los mismos pobladores de la Asociación para tramite de constancia de posesión … que ha sido justificado en el Informe N° 214-2022-SGOPCCU-GDU-MVES”.
Con fecha 7 de junio de 2022, al no mediar respuesta sobre la solicitud, el recurrente consideró denegada la información y en aplicación del silencio administrativo negativo, interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, señalando que un funcionario de la entidad le informó que la documentación solicitada se encontraba en el Expediente N° 5995-2022 presentado por la Asociación de Vivienda Jorge Chávez de Villa el Salvador, pero que no se le entregó las copias requeridas.
Mediante la Resolución 001637-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 15 de julio de 2022, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales fueron presentados con fecha 1 de agosto de 2022, remitiendo el Informe N° 613-2022-UGDA-SG/MVESemitido por la Sub Gerencia de Unidad de Gestión Documentaria y Archivo Central el 26 de julio de 2022, el cual indica que mediante Memorando N° 1127-2022-UGDASG/VES requirió la información solicitada a la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano, por ser la unidad orgánica poseedora de la misma, reiterando dicho requerimiento a través del Memorando N° 1214-2022-UGDASG/MVES, agregando que a la fecha no se ha emitido respuesta sobre tales documentos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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