Resolución N.° 001771-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

27 de julio de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01491-2022-JUS/TTAIP de fecha 10 de junio de 2022, interpuesto por RAÚL MARTÍN RAMÍREZ JARA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA con Expediente: 2520210083680 y recibido con fecha 20 de diciembre de 2021.
Con fecha 20 de diciembre de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS, EMPLEADOS DE CONFIANZA, DIRECTIVOS SUPERIOR Y EJECUTIVOS, FORMULARON DESISTIMIENTO O RENUNCIA A SER BENEFICIARIOS DE LA BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA COMPENSATORIA POR PRODUCTIVIDAD Y CUMPLIMIENTO DE METAS INSTITUCIONALES (BONO ANUAL 2020). SE INCLUYE EL PEDIDO DE POSTERGACION DE PERCIBIR DICHO BENEFICIO.”
El 19 de enero de 2021, al no tener respuesta por parte de la entidad, el recurrente consideró denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, manifestando que:
“2. Mediante correo electrónico de fecha 22 de diciembre de 2021, la Oficina de Integridad Institucional y Acceso a la Información Pública de dicha entidad, comunicó al administrado la prórroga del plazo para atender dicha solicitud hasta el 17 de enero de 2022, conforme al literal g) del precitado artículo.
3. Sin embargo, hasta la fecha la mencionada entidad no ha hecho entrega la información requerida, siendo que por lo demás la información solicitada no se encuentra en alguno de los supuestos de excepción a que se refieren los artículos 15, 16 y 17 de la Ley.”
Con Oficio N° 000204-2022-CG/INAIP de fecha 10 de junio de 2022, la entidad elevo el recurso de apelación del recurrente, manifestando que “sin perjuicio de lo expuesto, hacemos de su conocimiento que, mediante correo electrónico de 19/01/2022 y 22/03/2022, se dio respuesta a la solicitud formulada por el señor Roberto Sandoval Guzmán, de acuerdo a los términos expuestos por la Subgerencia de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Control”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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