Resolución N.° 001708-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
22 de julio de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 01698-2022-JUS/TTAIP de fecha 04 de julio de 2022, interpuesto por JONATHAN VIVANCO FALCÓN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYMARAES con Registro N° 2273-2022 de fecha 30 de mayo de 2022.
Con fecha 30 de mayo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…)
a) Documentación que acredite la transferencia de recursos públicos hacia la Municipalidad del Centro Poblado Menor de San Mateo, entre los períodos de Enero 2015 a la fecha actual.
b) Informe mensual de los gastos ejecutados por parte de la Municipalidad de Centro Poblado Menor de San Mateo, con respecto a los recursos transferidos por la Municipalidad Provincial de Aymaraes, entre los períodos Enero 2015 a fecha actual.
c) Registro de control asistencia; entre los períodos entre Enero 01 Enero 2022 a fecha actual, de todos los Funcionarios y servidores que Integran la Municipalidad Provincial de Aymaraes.
d) Contrato (más adendas y Nombramiento) y hoja de vida (completa y documentada) de los funcionarios y servidores que integran la Municipalidad Provincial de Aymaraes.
e) Relación Completa de los Funcionarios y servidores que integran la Municipalidad Provincial de Aymaraes, Número de DNI. Los Cargos que ocupan, Régimen Laboral y los montos que perciben por remuneración mensual del 01 de Enero 2020 a la actualidad. (…)”.
Con fecha 4 de julio de 2022 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 001561-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, asimismo se solicitó a la entidad la formulación de sus descargos sin que a la fecha haya presentado documentación alguna.
Con fecha 30 de mayo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…)
a) Documentación que acredite la transferencia de recursos públicos hacia la Municipalidad del Centro Poblado Menor de San Mateo, entre los períodos de Enero 2015 a la fecha actual.
b) Informe mensual de los gastos ejecutados por parte de la Municipalidad de Centro Poblado Menor de San Mateo, con respecto a los recursos transferidos por la Municipalidad Provincial de Aymaraes, entre los períodos Enero 2015 a fecha actual.
c) Registro de control asistencia; entre los períodos entre Enero 01 Enero 2022 a fecha actual, de todos los Funcionarios y servidores que Integran la Municipalidad Provincial de Aymaraes.
d) Contrato (más adendas y Nombramiento) y hoja de vida (completa y documentada) de los funcionarios y servidores que integran la Municipalidad Provincial de Aymaraes.
e) Relación Completa de los Funcionarios y servidores que integran la Municipalidad Provincial de Aymaraes, Número de DNI. Los Cargos que ocupan, Régimen Laboral y los montos que perciben por remuneración mensual del 01 de Enero 2020 a la actualidad. (…)”.
Con fecha 4 de julio de 2022 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución 001561-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, asimismo se solicitó a la entidad la formulación de sus descargos sin que a la fecha haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala