Resolución N.° 001569-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

8 de julio de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01250-2022-JUS/TTAIP de fecha 19 de mayo de 2022, interpuesto por RUBÉN ANTONIO MOLINA FLORES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo por parte del HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PISCO - DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD - ICA, respecto de su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 7 de setiembre de 2021.
Con fecha 19 de mayo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“1.- Copia fedateada de los roles de trabajo del personal asistencial medico M.C Muñante Giraldo Freddy Luis de los meses enero 2020, febrero 2020, marzo 2020, abril 2020, mayo 2020, junio 2020, julio 2020, agosto 2020, setiembre 2020, octubre 2020, noviembre 2020, diciembre 2020 y de enero 2021, febrero 2021, marzo 2021, abril 2021, mayo 2021, junio 2021, julio 2021 donde se exprese sus turnos realizados y los números de guardias realizados mes por mes.
2.- Copia fedateada del informe PAGO DE GUARDIAS y PAGO PROFAM al personal M.C Muñante Giraldo de los meses de enero 2020, febrero 2020, marzo 2020, abril 2020, mayo 2020, junio 2020, julio 2020, agosto 2020, setiembre 2020, octubre 2020, noviembre 2020, diciembre 2020 y de enero 2021, febrero 2021, marzo 2021, abril 2021, mayo 2021, junio 2021, julio 2021 desglosado mes por mes.
3.- copia fedateada de los informes de las actividades extramurales – PROFAM – realizadas por el M.C. Muñante Giraldo de los meses de enero 2020, febrero 2020, marzo 2020, abril 2020, mayo 2020, junio 2020, julio 2020, agosto 2020, setiembre 2020, octubre 2020, noviembre 2020, diciembre 2020 y de enero 2021, febrero 2021, marzo 2021, abril 2021, mayo 2021, junio 2021, julio 2021. (…)”
Con fecha 19 de mayo de 2022, al considerar denegada la referida solicitud, en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 001409-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 20 de junio de 2022 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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