Resolución N.° 001536-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

5 de julio de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01450-2022-JUS/TTAIP de fecha 7 de junio de 2022, interpuesto por MARTINA MACHADO GUTIERREZ , contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública encausada a la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ - IX MACRO REGIÓN POLICIAL AREQUIPA el 10 de mayo de 2022 con Oficio N° 001009-2022/IN/SG/OACGD emitido por el Ministerio del Interior.
Con fecha 10 de mayo de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente presentó ante el Ministerio del Interior su solicitud requiriendo se le proporcione “(…) LOS NOMBRES DEL PERSONAL POLICIAL DE LA INSPECTORÍA MACRO REGIONAL AREQUIPA ENCARGADOS DE REALIZAR NOTIFICACIONES, QUE FUERON SUPERVISADOS POR EL OFICIAL VICTOR MANUEL PRADO SOLIS DURANTE EL AÑO 2019 Y 2020 (…)”.
En ese sentido, el Ministerio del Interior con Oficio N° 001009-2022/IN/SG/OACGD, encausó la solicitud de acceso a la información pública al Funcionario Responsable de Acceso a la Información Pública Policía Nacional del Perú – PNP respectivamente, mediante el OFICIO N° 001009-2022/IN/SG/OACGD emitido el 10 de mayo 2022.
Posterior a ello, la Policía Nacional del Perú, encauzó la solicitud de acceso a la información pública al Jefe de la IX Macro Región Policial Arequipa, mediante OFICIO Nº 509–2022–CG PNP/SECEJE-UNITRDOC.ARETIC de fecha 13 de mayo de 2022.
El 7 de junio de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 001388-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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