Resolución N.° 002132-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

12 de agosto de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01676-2022-JUS/TTAIP de fecha 30 de junio de 2022, interpuesto por MAYCOL RENZO BLAS HUALLPA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR mediante Expediente N° 8920 de fecha 8 de junio de 2022.
Con fecha 08 de junio de 2022, el recurrente presentó a la entidad una solicitud de acceso a la información pública donde requirió se le brinde la siguiente información: “Enviar copia de las notificaciones de papeletas de imputación, actas de fiscalización y fotografías pertenecientes al mes de junio del presente año de las fiscalizaciones realizadas a los comerciantes ambulantes ubicados alrededor del Parque de la Bandera ubicado en el Sector 2, grupo 10, en el horario de 19:00 a 23:00 pm, respecto si cuentan con Licencia de Funcionamiento, y Carnet de Sanidad”.
Con fecha 30 de junio de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 002003-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos .
En atención a ello, mediante Escrito N° 1 ingresado a esta instancia con fecha 10 de agosto de 2022, la entidad pone en conocimiento que la solicitud de acceso a la información pública presentada por Maycol Renzo Blas Huallpa, ha sido atendida por medio de correo electrónico con fecha 11 de julio de 2022, mediante el cual se anexó la Carta N° 944-2022-UGDA-SG/MVES y el memorando N° 2895-2022-SGFAGSCV/MVES.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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