Resolución N.° 001709-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

22 de julio de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01603-2022-JUS/TTAIP de fecha 22 de junio de 2022, interpuesto por WILLIAM ALEXANDER MENDOZA SANTILLAN contra la Carta N° 284-2022-GRA-GRAD-SGASG de fecha 20 de junio de 2022, a través de la cual el GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada por el recurrente el 9 de junio de 2022, generándose el SISGEDO N° 2042331.
Con fecha 9 de junio de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione vía correo electrónico lo siguiente:
“(...)
1) La propuesta técnica y económica del CONSORCIO QM, ganador de la buena pro de la Licitación Pública N° 23-2012, para la ejecución de la obra: “Reconstrucción y Mejoramiento de los Servicios educativos de la Institución Educativa N° 86643 Santo Toribio, Distrito de Casapara, Provincia de Yungay – Región Anchas”.
2) La propuesta técnica y económica del CONSORCIO DELTA, GANADOR DE LA BUENA PRO DE LA Adjudicación Directa Selectiva N° 004-2013- GRA, del servicio de Consultoría Supervisión de la Obra: “Reconstrucción y Mejoramiento de los Servicios de la Institución educativa N° 86643 Santo Toribio, Distrito de Cascapara, Provincia de Yungay – Región Ancash.” (sic)
A través de la Carta N° 284-2022-GRA-GRAD-SGASG de fecha 20 de junio de 2022, la Subgerencia de Abastecimiento y Servicios Generales de la entidad
respondió la solicitud del recurrente indicando con que “(...) el fin de dar cumplimiento de lo solicitado, y posterior a la búsqueda exhaustiva del acervo documentario y posteriormente la búsqueda de la plataforma virtual del SEACE, se informa que, no fue factible la ubicación del expediente de contratación para los procesos de selección antes mencionados, por ende, como la información solicitada por su despacho debe estar contenida en ello, se nos imposibilita la remisión documentaria hacia su persona”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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