Resolución N.° 001616-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
14 de julio de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 01601-2022-JUS/TTAIP de fecha 22 de junio de 2022, interpuesto por ASOCIACION VECINAL DEL PUEBLO TRADICIONAL DE CAYMA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo por parte de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAYMA respecto de su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 01 de junio de 2022.
Con fecha 01 de julio de 2021, el recurrente presentó a la entidad una solicitud de acceso a la información pública, requiriendo la remisión del “Expediente técnico de la remodelación del cementerio de Cayma (construcción de nichos)” (sic)
Con fecha 22 de junio de 2022, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001504-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 08 de julio de 2022, la entidad, a través del Oficio Nº 57-2022-SG-MDC, remitió el expediente administrativo signado con el N° 11156, señalando lo siguiente: “ (…)
1. La solicitud de acceso a la información presentada por el administrado ha sido atendida con fecha 02 de junio, mediante proveído N° 364-2022-SG-MDC cursado a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad, área que gestiona en su acervo documentario lo requerido por el recurrente.
2. Dicha Unidad orgánica, remitió el expediente a la Sub Gerencia de Obras Públicas, que se puso en contacto con el administrado de manera telefónica para coordinar el apersonamiento del interesado a las instalaciones de la Municipalidad para recoger el expediente solicitado.
3. Es así que el día 05 de julio del año en curso, el administrado fue notificado con la Carta N° 410-2022-MDC- GDU-SGOOPP de fecha 01 de julio, a través de la cual se le remitió la información requerida, por lo que la solicitud en cuestión a la fecha YA FUE ATENDIDA”. (sic) (subrayado agregado)
Con fecha 01 de julio de 2021, el recurrente presentó a la entidad una solicitud de acceso a la información pública, requiriendo la remisión del “Expediente técnico de la remodelación del cementerio de Cayma (construcción de nichos)” (sic)
Con fecha 22 de junio de 2022, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 001504-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 08 de julio de 2022, la entidad, a través del Oficio Nº 57-2022-SG-MDC, remitió el expediente administrativo signado con el N° 11156, señalando lo siguiente: “ (…)
1. La solicitud de acceso a la información presentada por el administrado ha sido atendida con fecha 02 de junio, mediante proveído N° 364-2022-SG-MDC cursado a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad, área que gestiona en su acervo documentario lo requerido por el recurrente.
2. Dicha Unidad orgánica, remitió el expediente a la Sub Gerencia de Obras Públicas, que se puso en contacto con el administrado de manera telefónica para coordinar el apersonamiento del interesado a las instalaciones de la Municipalidad para recoger el expediente solicitado.
3. Es así que el día 05 de julio del año en curso, el administrado fue notificado con la Carta N° 410-2022-MDC- GDU-SGOOPP de fecha 01 de julio, a través de la cual se le remitió la información requerida, por lo que la solicitud en cuestión a la fecha YA FUE ATENDIDA”. (sic) (subrayado agregado)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala