Resolución N.° 001754-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

26 de julio de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01761-2022-JUS/TTAIP de fecha 12 de julio de 2022, interpuesto por PABEL EDMUNDO MOLINA FALCONI contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SIVIA con Registro N° 1703 de fecha 23 de agosto de 2021.
Con fecha 23 de agosto de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione por correo electrónico la siguiente información:
“1. Los documentos de gestión realizadas por el despacho de alcaldía, Dirección de Administración y Tesorería referente a la apertura de la Cuenta Corriente de Fondos de garantía abierta con fines de materialización de la retención de la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato de ejecución de la obra CONSTRUCCION DE 11 AULAS, SALA DE PROFESORES, SERVICIOS HIGIENICOS Y MURO PERIMETRICO DE LA I.E. N° 38268-DISTRITO DE SIVIA derivada del proceso de licitación Adjudicación Directa Publica N° 001- 2008/CEP/MDS/A suscrito con el contratista MOLINA FALCONI PABEL EDMUNDO - INGENIERO de fecha 02 de julio del 2008, en cumplimiento a la cláusula del contrato de obra N° 002-2008-MDS/A y a la Ley N° 28015 Ley de la Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa la retención del 10% del monto total del contrato como garantía de fiel cumplimiento, el mismo que asciende a S/ 91,441.70 (Noventa y un mil cuatrocientos cuarenta y uno y 70/100 Soles);
2. Detalle del movimiento (extracto bancario) de la Cuenta Corriente de Fondos de garantía abierta con dicha finalidad, retención que debió ser depositada en la Cuenta de GARANTIA DE OBRAS conforme lo dispone la Ley de Contrataciones del Estado dada su condición de intangibilidad”. (sic)
El 12 de julio de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 001623-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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