Resolución N.° 001574-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
8 de julio de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01353-2022-JUS/TTAIP de fecha 30 de mayo de 2022, interpuesto por MANUEL EDUARDO SANCHEZ RODRIGUEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO PÚBLICO con Expediente N° MUPGG120220002120 de fecha 11 de mayo de 2022.
Con fecha 11 de mayo de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico, de la siguiente información:
“(…) la entrega de forma completa de la RELACIÓN DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO (ASISTENTES EN FUNCION FISCAL Y ASISTENTES ADMINISTRATIVOS) ASIGNADOS A LA PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE PUENTE PIEDRA DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA NOR OESTE (PERTENECIENTES AL REGIMEN 728, 276 Y CAS) Y QUE FIGUREN EN EL SIGA DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA UNIDAD EJECUTORA – GERENCIA GENERAL – DEL MINISTERIO PUBLICO. Dicho listado deberá detallar el número de DNI, nombres y apellidos, el régimen laboral, cargo y demás datos que considere pertinentes”.
Con fecha 30 de mayo de 2022, al no tener respuesta por parte de la entidad, el recurrente consideró denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis. Asimismo, mediante escrito de fecha 20 de junio de 2022, el recurrente comunica a esta instancia que la entidad a dicha fecha no le remite la información solicitada.
Mediante Resolución 001382-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA , se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, requerimientos que no fueron atendidos hasta la emisión de la presente resolución.
Con fecha 11 de mayo de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico, de la siguiente información:
“(…) la entrega de forma completa de la RELACIÓN DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO (ASISTENTES EN FUNCION FISCAL Y ASISTENTES ADMINISTRATIVOS) ASIGNADOS A LA PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE PUENTE PIEDRA DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA NOR OESTE (PERTENECIENTES AL REGIMEN 728, 276 Y CAS) Y QUE FIGUREN EN EL SIGA DEL MINISTERIO PUBLICO DE LA UNIDAD EJECUTORA – GERENCIA GENERAL – DEL MINISTERIO PUBLICO. Dicho listado deberá detallar el número de DNI, nombres y apellidos, el régimen laboral, cargo y demás datos que considere pertinentes”.
Con fecha 30 de mayo de 2022, al no tener respuesta por parte de la entidad, el recurrente consideró denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis. Asimismo, mediante escrito de fecha 20 de junio de 2022, el recurrente comunica a esta instancia que la entidad a dicha fecha no le remite la información solicitada.
Mediante Resolución 001382-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA , se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la formulación de sus descargos y la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, requerimientos que no fueron atendidos hasta la emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala