Resolución N.° 001814-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
11 de julio de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01267-2022-JUS/TTAIP de fecha 20 de mayo de 2022, interpuesto por SALATIEL PORFIRIO GALVÁN HUARCAYA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAISA mediante Registro N° 025 de fecha 25 de febrero de 2022.
Con fecha 25 de febrero de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la documentación que a continuación se detalla:
“SOLICITO INFORMACION SOBRE LA FISCALIZACION LLEVADA A CABO (...) EN LA GESTION 2019-2021, ESPECIFICAMENTE A LA OBRA DE AGUA POTABLE EN EL ANEXO DE LISAHUACCHI EJECUTADA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAISA, PROVINCIA DE LUCANAS, AYACUCHO. ASI MISMO SOBRE LA COMPRA Y DISTRIBUCION DE LA AYUDA HUMANITARIA DANDO CUMPLIMIENTO AL DU N° 033-2020.” (sic)
Con fecha 20 de mayo de 2022, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 001557-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Con fecha 25 de febrero de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó la documentación que a continuación se detalla:
“SOLICITO INFORMACION SOBRE LA FISCALIZACION LLEVADA A CABO (...) EN LA GESTION 2019-2021, ESPECIFICAMENTE A LA OBRA DE AGUA POTABLE EN EL ANEXO DE LISAHUACCHI EJECUTADA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAISA, PROVINCIA DE LUCANAS, AYACUCHO. ASI MISMO SOBRE LA COMPRA Y DISTRIBUCION DE LA AYUDA HUMANITARIA DANDO CUMPLIMIENTO AL DU N° 033-2020.” (sic)
Con fecha 20 de mayo de 2022, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 001557-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala