Resolución N.° 000836-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
4 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00366-2022-JUS/TTAIP de fecha 14 de febrero de 2022, interpuesto por RÓMULO GÓMEZ ROSARIO contra la Carta N° 000085-2022- MIDIS/PNCM-UTHNC de fecha 10 de febrero de 2022, mediante la cual el PROGRAMA NACIONAL CUNA MAS denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 3 de febrero de 2022.
Con fecha 3 de febrero de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente y otros, en su calidad de miembros de la Junta Directiva del Sector 1 de San Luis, solicitaron a la entidad la remisión de «la relación y dirección de los beneficiarios de Cunamas “Los Milagritos de San Luis”». (sic)
Mediante Carta N° 000085-2022-MIDIS/PNCM-UTHNC de fecha 10 de febrero de 2022 la entidad denegó dicho pedido considerando que la publicidad de dicha información afectaría la intimidad personal y familiar de sus afiliados, motivo por el cual era de naturaleza confidencial en virtud a lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley de Transparencia.
Con fecha 14 de febrero de 2022, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, adujó que con dicho pronunciamiento se pretende restringir su derecho de fiscalización respecto a la distribución de beneficios del programa CUNAMAS (inversión del Estado) en los habitantes de su zona.
Con fecha 3 de febrero de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente y otros, en su calidad de miembros de la Junta Directiva del Sector 1 de San Luis, solicitaron a la entidad la remisión de «la relación y dirección de los beneficiarios de Cunamas “Los Milagritos de San Luis”». (sic)
Mediante Carta N° 000085-2022-MIDIS/PNCM-UTHNC de fecha 10 de febrero de 2022 la entidad denegó dicho pedido considerando que la publicidad de dicha información afectaría la intimidad personal y familiar de sus afiliados, motivo por el cual era de naturaleza confidencial en virtud a lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley de Transparencia.
Con fecha 14 de febrero de 2022, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, adujó que con dicho pronunciamiento se pretende restringir su derecho de fiscalización respecto a la distribución de beneficios del programa CUNAMAS (inversión del Estado) en los habitantes de su zona.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala