Resolución N.° 001708-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

28 de junio de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01237-2022-JUS/TTAIP de fecha 18 de mayo de 2022, interpuesto por CLAUDIO SAMUEL MALDONADO MENDOZA contra la Carta N° D000020-2022-COFOPRI-UTDA-TRANSP de fecha 12 de mayo de 2022, mediante la cual el ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL - COFOPRI, denegó la solicitud de acceso a la información pública registrada con SIAE: 2022023921;1SGD 2022-0023793 con fecha 10 de mayo de 2022.
Con fecha 10 de mayo de 2022, el recurrente solicitó se remita a su correo electrónico la siguiente información: “copia simple de la demanda y anexos del expediente N° 5964-2020”.
Mediante la Carta N° D000020-2022-COFOPRI-UTDA-TRANSP de fecha 12 de mayo de 2022, la entidad brindó atención a la solicitud, manifestando “Al respecto, hacemos de su conocimiento que su solicitud ha sido encausada hacia el Poder Judicial mediante Oficio N°D000013-COFOPRI-UTDA-TRANSP, debido a que según el memorando de la Procuraduría Pública de COFOPRI N° D000712-2022- COFOPRI, la información solicitada corresponde al expediente judicial en trámite a cargo del Juez del 7° Juzgado Permanente de Lima, y precisan que corresponden encauzar hacia el Poder Judicial la solicitud y comunicar dicha gestión al solicitante. Adicionalmente se precisa que el código de recepción brindado por la mesa de partes virtual del Poder Judicial es el Expediente 17988-2022-TDA-SG con el cual puede realizar el seguimiento de su solicitud en los siguientes teléfonos: 014101010 anexo 11127 o al correo mesadepartespj@pj.gob.pe”.
Con fecha 18 de mayo de 2022, el recurrente interpuso recurso de apelación contra la Carta N° D000020-2022-COFOPRI-UTDA-TRANSP, al considerar que la respuesta brindada por la entidad es contraria a ley.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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