Resolución N.° 001486-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
3 de junio de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 01175-2022-JUS/TTAIP de fecha 16 de mayo de 2022, interpuesto por ZAIDA ESCOBAR MENA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL SANTA, con fecha 20 de abril de 2022, registrada con número 12283.
Con fecha 20 de abril de 2022, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“1. Informes emitidos por la Ugel relativo a las deficiencias presentes en la I.E 1542 relativamente a los años 2020-2021-2022.
2. Fecha de inspecciones previstas por parte da la Ugel en dicha I.E. 1542 relativo al año 2022.
3. Eventuales comunicaciones que la dirección de la I.E. 1542 comunicó a la Ugel sobre la deficiencias y logísticas faltantes a la fecha.
4. Eventuales procedimientos administrativos pendientes o sanciones impuestas a cargo de la directora de la I.E. 1542 Sra. Rocío del Pilar Avalos García.
5. Informes recibidos por parte de la I.E. 1542 relativamente a los gastos efectuados en los años 2020-2021-2022.
6. En caso que algunos de los informes o documentación no se encuentre presente en sus archivos indicar la motivación y trasladar a quien corresponda el oficio al fin de poder resolver el requerimiento” (sic).
Con fecha 16 de mayo de 2022, la recurrente presentó su recurso de apelación ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Con fecha 20 de abril de 2022, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la siguiente información:
“1. Informes emitidos por la Ugel relativo a las deficiencias presentes en la I.E 1542 relativamente a los años 2020-2021-2022.
2. Fecha de inspecciones previstas por parte da la Ugel en dicha I.E. 1542 relativo al año 2022.
3. Eventuales comunicaciones que la dirección de la I.E. 1542 comunicó a la Ugel sobre la deficiencias y logísticas faltantes a la fecha.
4. Eventuales procedimientos administrativos pendientes o sanciones impuestas a cargo de la directora de la I.E. 1542 Sra. Rocío del Pilar Avalos García.
5. Informes recibidos por parte de la I.E. 1542 relativamente a los gastos efectuados en los años 2020-2021-2022.
6. En caso que algunos de los informes o documentación no se encuentre presente en sus archivos indicar la motivación y trasladar a quien corresponda el oficio al fin de poder resolver el requerimiento” (sic).
Con fecha 16 de mayo de 2022, la recurrente presentó su recurso de apelación ante esta instancia, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala