Resolución N.° 001358-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

23 de mayo de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01068-2022-JUS/TTAIP de fecha 4 de mayo de 2022, interpuesto por MARIO PAÚL ALEJANDRO FLORES RIVERA contra la CARTA-ESVICSAC/AL de fecha 25 de abril de 2022, por la cual la EMPRESA DE SEGURIDAD, VIGILANCIA Y CONTROL S.A.C. denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 6 de abril de 2022.
Con fecha 6 de abril de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de:
“1. Los laudos parciales (orden procesal, resolución o cualquier otro documento bajo cualquier denominación que cumpla el propósito de laudo parcial) que fueran notificados a la Entidad dentro de todos los arbitrajes en los que haya participado en el periodo comprendido entre el 01 de enero del 2015 al 31 de marzo del 2022.
2. Los laudos (orden procesal, resolución o cualquier otro documento bajo cualquier denominación que cumpla el propósito de ser un laudo) que fueran notificados a la Entidad dentro de todos los arbitrajes en los que haya participado en el periodo comprendido entre el 01 de enero del 2015 al 31 de marzo del 2022.
3. Las resoluciones (orden procesal o cualquier otro documento bajo cualquier denominación) que resuelvan las solicitudes de rectificación, interpretación, integración y exclusión del laudo que fueran notificados a la Entidad dentro de todos los arbitrajes en los que haya participado en el periodo comprendido entre el 01 de enero del 2015 al 31 de marzo del 2022.
4. Las decisiones emitidas por la Junta de Resolución de Disputas (orden procesal, resolución o cualquier otro documento bajo cualquier denominación que cumpla el propósito de ser una decisión) que fueran notificados a la Entidad en el curso de la ejecución de sus contratos de obra en los que haya participado en el periodo comprendido entre el 01 de febrero del 2017 al 31 de marzo del 2022.
5. Una lista de procesos arbitrales así como de juntas de resolución de disputas en los que la Entidad ha participado, debiendo indicar el número del expediente, caso u otro elemento identificador, las partes involucradas así como la institución arbitral/resolución de disputas o el tribunal/árbitro/adjudicador ad hoc a cargo del mismo entre el 01 de enero del 2015 al 31 de marzo del 2022” (sic).

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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