Resolución N.° 001316-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

19 de mayo de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 00838-2022-JUS/TTAIP de fecha 08 de abril de 2022, interpuesto por EVELYN PATRICIA HOYOS SALAZAR contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE ICA con fecha 16 de marzo de 2022.
Con fecha 16 de marzo de 2022, la recurrente solicitó a la entidad le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“(…)
1. Relación de contratos y/o vínculos, cualquiera sea el régimen de contratación, entre el Gobierno Regional de Ica y las siguientes personas naturales, entre los años 2019 y 2022:
• Carlos Gustavo Falcón Guerra (RUC 10214601163)
• Maleyn Akemy Bautista Quispe (RUC 10752730828)
• Juan Andres Teobaldo Bernaola Navarro (RUC 10447576410)
2. Respecto de la información solicitada en el punto 1, precisar lo siguiente:
• Régimen de contratación (según listado anterior)
• Número del documento de identidad de la persona natural contratada
• Carrera o profesión (si fue requisito para la contratación)
• Fecha de contratación (suscripción del contrato o emisión/notificación de orden de servicio)
• Posición o puesto para el que fue contratado (en el caso de locadores o contratistas: indicar la denominación del servicio según el contrato y orden de servicio). • Vigencia del contrato.
• Área usuaria o área a la que se ha asignado
• Términos de referencia (en el caso de locadores o contratistas por orden de servicio)
• Entregables presentados por los locadores (en el caso de órdenes de servicio).” (sic)
Con fecha 08 de abril de 2022, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación por considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 001121-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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