Resolución N.° 001248-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

13 de mayo de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 00862-2022-JUS/TTAIP de fecha 11 de abril de 2022, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN contra la Carta N° 000170-2022-AIP/JNJ de fecha 04 de abril de 2022, mediante la cual la JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 30 de marzo de 2022.
Con fecha 30 de marzo de 2022, el recurrente presentó a la entidad una solicitud de acceso a la información pública, requiriendo se le envíe a través de su correo electrónico la siguiente información:
“a) Última resolución de ratificación del magistrado Oswaldo Ordoñez Alcántara
b) Fecha en la que corresponde la próxima ratificación del magistrado Oswaldo Ordoñez Alcántara .”
Mediante Carta N° 000170-2022-AIP/JNJ del 4 de abril de 2022, la entidad atendió la solicitud de acceso a la información afirmando que:
“(...) Se remitió dicho requerimiento a la Dirección de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces y Fiscales, a fin que pueda atender su solicitud de información en mérito a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Es así que la Dirección de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces y Fiscales, responde textualmente lo siguiente: En tal sentido, en el ámbito de competencia de la Dirección de Evaluación y Ratificación, informamos lo siguiente:
1) Se remite copia simple de la Resolución N° 640-2011-PCNM de fecha 28 de noviembre de 2011 (última resolución del procedimiento de evaluación integral y ratificación del magistrado Oswaldo Ordoñez Alcántara) en dos (02) fojas.
2) Según la "Ficha de Registro del magistrado" del Área de Registro de Información Funcional de la Junta Nacional de Justicia, se aprecia en el rubro Carrera Judicial que su última ratificación del magistrado Oswaldo Ordoñez Alcántara, se dio mediante Resolución N° 640-2011-PCNM de fecha 28.11.2011, habiendo sido ratificado en el cargo de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima, a la fecha cuenta con más de 7 años en el cargo desde su último procedimiento de evaluación integral y ratificación. No se encuentra comprendido en procedimiento de evaluación integral y ratificación. Se adjunta copia de la "Ficha de Registro de Magistrado" en dos (02) fojas." (sic)
Con fecha 11 de abril de 2022, el recurrente interpone recurso de apelación señalando que la mencionada carta deniega en parte su solicitud de acceso a la información pues “(…) no responde el pedido b), es decir, la fecha en la que corresponde la próxima ratificación del juez Oswaldo Ordoñez Alcántara. (…)”
Mediante la Resolución N° 0001098-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente no han sido ingresados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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