Resolución N.° 001119-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
29 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00776-2022-JUS/TTAIP de fecha 4 de abril de 2022, interpuesto por NILO QUISPE HUAMANI contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCONA con fecha 22 de febrero de 2022, registrado con Expediente N° 1232.
Según manifiesta el recurrente en su recurso de apelación, con fecha 22 de febrero de 2022, solicitó a la entidad copias de las resoluciones que aprueban las ampliaciones de presupuesto y plazos de ejecución del Proyecto denominado “Barreras Sanitarias”.
Con fecha 15 de marzo de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000936-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Según manifiesta el recurrente en su recurso de apelación, con fecha 22 de febrero de 2022, solicitó a la entidad copias de las resoluciones que aprueban las ampliaciones de presupuesto y plazos de ejecución del Proyecto denominado “Barreras Sanitarias”.
Con fecha 15 de marzo de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000936-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala