Resolución N.° 001100-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
28 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00688-2022-JUS/TTAIP de fecha 24 de marzo de 2022, interpuesto por VICTOR MATEO HUAMANÍ RIVERA contra el Informe N°000007- 2022-MPA/GAT-SGCR.DBCR de fecha 16 de marzo de 2022, mediante el cual la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 19642-2022 de fecha 01 de marzo de 2022.
Con fecha 01 de marzo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“Primero: ¿Nombres, apellidos y D.N.I de la persona que está pagando por concepto de AUTOVALUO DEL: PUESTO 15 DE LA MANZANA A-6 DEL CUERPO CENTRAL DE MERCADO SAN CAMILO?
Segundo: ¿Nombres, apellidos y D.N.I de la persona que está pagando por concepto de AUTOVALÚO DEL: PUESTO 14 DE LA MANZANA A-6 DEL CUERPO CENTRAL DE MERCADO SAN CAMILO?” (sic)
Mediante Oficio Nº 457-2022-MPA/SG de fecha 23 de marzo de 2022, se adjunta el Informe Nº 007-2022-MPA/GTA-SGCR-dbcr emitido por la Sub Gerencia de Control y Recaudación, el cual indicó que:
“Con relación a lo solicitado por el administrado en el presente expediente debo indicar que conforme a lo establecido en el artículo 85 del TUO del Código Tributario que a la letra dice:
Reserva tributaria, tendrá carácter de información reservada, y únicamente podrá ser utilizada por la administración tributaria, para sus fines propios, la cuantía y la fuente de rentas, los gastos, la base imponible o, cualesquiera otros datos relativos a ellos, cuando estén contenidos en las declaraciones e informaciones que obtenga por cualquier medio de los contribuyentes, responsables o terceros. En tal sentido no es posible atender lo solicitado por el administrado.”
Con fecha 01 de marzo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“Primero: ¿Nombres, apellidos y D.N.I de la persona que está pagando por concepto de AUTOVALUO DEL: PUESTO 15 DE LA MANZANA A-6 DEL CUERPO CENTRAL DE MERCADO SAN CAMILO?
Segundo: ¿Nombres, apellidos y D.N.I de la persona que está pagando por concepto de AUTOVALÚO DEL: PUESTO 14 DE LA MANZANA A-6 DEL CUERPO CENTRAL DE MERCADO SAN CAMILO?” (sic)
Mediante Oficio Nº 457-2022-MPA/SG de fecha 23 de marzo de 2022, se adjunta el Informe Nº 007-2022-MPA/GTA-SGCR-dbcr emitido por la Sub Gerencia de Control y Recaudación, el cual indicó que:
“Con relación a lo solicitado por el administrado en el presente expediente debo indicar que conforme a lo establecido en el artículo 85 del TUO del Código Tributario que a la letra dice:
Reserva tributaria, tendrá carácter de información reservada, y únicamente podrá ser utilizada por la administración tributaria, para sus fines propios, la cuantía y la fuente de rentas, los gastos, la base imponible o, cualesquiera otros datos relativos a ellos, cuando estén contenidos en las declaraciones e informaciones que obtenga por cualquier medio de los contribuyentes, responsables o terceros. En tal sentido no es posible atender lo solicitado por el administrado.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala