Resolución N.° 001093-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
27 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00746-2022-JUS/TTAIP de fecha 1 de abril de 2022, interpuesto por KATHERINE DIANA PALLARCO ASTO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE con fecha 16 de marzo de 2022.
Con fecha 16 de marzo de 2022, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“1. Contribuyente y/o responsable tributario (actual) del predio situado en Mz D Lt 2,3 y 4 Urb paraíso de santa clara – Ate.
2. Constancias o documentos que sustenten la operatividad por funcionamiento como colegio privado de nombre THALES DE MILETO ubicado en Mz D Lt 2,3 y 4 Urb paraíso de santa clara – Ate” (sic).
Con fecha 1 de abril de 2022, la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000927-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente y la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de la emisión de la presente resolución, no fueron presentados.
Con fecha 16 de marzo de 2022, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico, la siguiente información:
“1. Contribuyente y/o responsable tributario (actual) del predio situado en Mz D Lt 2,3 y 4 Urb paraíso de santa clara – Ate.
2. Constancias o documentos que sustenten la operatividad por funcionamiento como colegio privado de nombre THALES DE MILETO ubicado en Mz D Lt 2,3 y 4 Urb paraíso de santa clara – Ate” (sic).
Con fecha 1 de abril de 2022, la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000927-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente y la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de la emisión de la presente resolución, no fueron presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala