Resolución N.° 001026-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
22 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00527-2022-JUS/TTAIP de fecha 03 de marzo de 2022, interpuesto por CARLOS ENRIQUE RIVERA SALAS contra el correo electrónico de fecha 03 de marzo de 2022, mediante el cual el MINISTERIO PÚBLICO - FISCALIA ESPECIALIZADA EN MATERIA AMBIENTAL DE AREQUIPA observó la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 3 de marzo de 2022.
Con fecha 27 de enero de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(...) un reporte sobre todas las denuncias y procesos penales existan en contra de la empresa “MINERA AURIPERU S.A.C.”, identificada con RUC Nº 2045525808 y debidamente representada por su Gerente General Rosa Francisca Lopez Cahuana; en la base de datos de su fiscalía, indicando el estado de dichas denuncias, fecha de inicio, fecha de culminación, documento que declaró su conclusión o última actuación de ser el caso, número de expediente o carpeta fiscal y otros datos relevantes sobre la identificación de los procesos”. (sic)
Mediante Providencia Nº 01-2022-FPEMA-MP-AR de fecha 1 de febrero del 2022 la entidad deniega el pedido de acceso a la información pública señalando que: “(...) estando al pedido efectuado el mismo deberá realizarse conforme al D.S. Nº 043-2003-PCM, y a las normas internas del Ministerio Público, mediante la presentación del formulario de “Solicitud de acceso a la información” ante la autoridad competente; asimismo se debe señalar que este despacho fiscal no puede otorgar copias simples de actuados correspondientes a un proceso penal, cuando la parte solicitante no es parte de dicho proceso, la autoridad correspondiente decidirá si se autoriza el acceso al archivo”.
Con fecha 27 de enero de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(...) un reporte sobre todas las denuncias y procesos penales existan en contra de la empresa “MINERA AURIPERU S.A.C.”, identificada con RUC Nº 2045525808 y debidamente representada por su Gerente General Rosa Francisca Lopez Cahuana; en la base de datos de su fiscalía, indicando el estado de dichas denuncias, fecha de inicio, fecha de culminación, documento que declaró su conclusión o última actuación de ser el caso, número de expediente o carpeta fiscal y otros datos relevantes sobre la identificación de los procesos”. (sic)
Mediante Providencia Nº 01-2022-FPEMA-MP-AR de fecha 1 de febrero del 2022 la entidad deniega el pedido de acceso a la información pública señalando que: “(...) estando al pedido efectuado el mismo deberá realizarse conforme al D.S. Nº 043-2003-PCM, y a las normas internas del Ministerio Público, mediante la presentación del formulario de “Solicitud de acceso a la información” ante la autoridad competente; asimismo se debe señalar que este despacho fiscal no puede otorgar copias simples de actuados correspondientes a un proceso penal, cuando la parte solicitante no es parte de dicho proceso, la autoridad correspondiente decidirá si se autoriza el acceso al archivo”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala