Resolución N.° 000974-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
18 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00632-2022-JUS/TTAIP de fecha 16 de marzo de 2022, interpuesto por LUZMILA BEATRIZ QUISPE MAQUERA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TÉCNOLOGICO PÚBLICO “LUIS E. VALCARCEL” con Registro N° 0311 de fecha 18 de febrero de 2021.
Con fecha 18 de febrero de 2021, la recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico la siguiente información: “Solicito Copia del cuadro de horas periodo académico del ISTP Luis E. Valcárcel aprobado por la GRE – MOQUEGUA 2021.” (sic)
Con fecha 16 de marzo de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis. Cabe advertir que la recurrente señaló lo siguiente mediante su recurso de apelación:
“Dicho cuadro de horas, permite saber cuántas plazas existe en cada carrera del ISTP LUIS E. VALCARCEL, con su presupuesto destino respectivo, dicho cuadro tiene que ser aprobado todos los años, a fin de efectuar la contratación de docentes; por tanto dicho documento no constituye una información clasificada, ni confidencial.” (sic)
Mediante la Resolución N° 000809-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 18 de febrero de 2021, la recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico la siguiente información: “Solicito Copia del cuadro de horas periodo académico del ISTP Luis E. Valcárcel aprobado por la GRE – MOQUEGUA 2021.” (sic)
Con fecha 16 de marzo de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis. Cabe advertir que la recurrente señaló lo siguiente mediante su recurso de apelación:
“Dicho cuadro de horas, permite saber cuántas plazas existe en cada carrera del ISTP LUIS E. VALCARCEL, con su presupuesto destino respectivo, dicho cuadro tiene que ser aprobado todos los años, a fin de efectuar la contratación de docentes; por tanto dicho documento no constituye una información clasificada, ni confidencial.” (sic)
Mediante la Resolución N° 000809-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala