Resolución N.° 000972-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

18 de abril de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 00671-2022-JUS/TTAIP de fecha 24 de marzo de 2022, interpuesto por MICHAEL ALBERTO PAREDES TORRES contra el correo electrónico de fecha 21 de marzo de 2022, por el cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 14 de marzo de 2022 con Registro N° I20220003948.
Con fecha 14 de marzo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le remita lo siguiente:
“SOLICITO LA REMISIÓN POR CORREO ELECTRÓNICO, EN FORMATO PDF, DE TODAS LAS ÓRDENES DE COMPRA Y DE SERVICIOS EMITIDAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL, EN EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 01 DE ENERO DE 2019 AL 11 DE MARZO DE 2022.”
Mediante el correo electrónico de fecha 21 de marzo de 2022, que adjuntó los documentos: “OC 2019.pdf; OC 2020.pdf; OC 2021.pdf; OC 2022.pdf; OS 2019.pdf; OS 2020.pdf; OS 2021.pdf; OS 2022.pdf; MEMORANDO N.160-2022-ULCP-OAFMDSM.pdf”, la entidad indicó al recurrente lo siguiente:
En atención a lo establecido por el artículo 5° del Decreto Supremo N° 070-2013- PCM – que modifica el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ponemos a su disposición la información solicitada en referencia al expediente Nº3948-2022. Asimismo mediante Decreto Supremo N° 009-2021-SA, el ejecutivo amplio por ciento ochenta días (180) días el Estado de Emergencia Nacional Sanitaria, debido al riesgo de un posible rebrote del contagio SARS COV 2. Con lo cual para nuestra institución ha sido y seguirá siendo el bien jurídico a tutelar: LA SALUD PUBLICA. Sin embargo y sin perjuicio de los señalado y cumpliendo estrictamente los protocolos y medidas preventivas de bioseguridad, la documentación se encuentra disponible en esta unidad, en copia, cuyo costo de reproducción asciende a S/. 0.10 céntimos de sol por cada hoja, siendo un total liquidado de: S/.118.90 soles.”
Además, se aprecia que los archivos remitidos corresponden a los listados de las órdenes de compra y las órdenes de servicios de cada uno de los años requeridos por el administrado.
Además, consta en autos el Memorando N° 160-2022-ULCP-OAF/MDSM de fecha 21 de marzo de 2022, emitido por la Subgerencia de la Unidad de Logística y Control Patrimonial, que refiere: “En atención a lo solicitado, la Unidad de Logística y Control Patrimonial procedió con la verificación en el Sistema ADMINCON de la MDSM, ubicando las Órdenes de Compra y Servicio de los periodos entre 01 de enero de 2019 al 11 de marzo de 2022; las mismas que se envían al correo electrónico (…)”.
Con fecha 24 de marzo de 2022, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación exigiendo lo requerido, alegando que recibió una relación de órdenes de compras y servicios, pero no las órdenes solicitadas.


Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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