Resolución N.° 000971-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
18 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00681-2022-JUS/TTAIP de fecha 23 de marzo de 2022, interpuesto por CARLOS ENRIQUE RIVERA SALAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante al GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, con fecha 2 de marzo de 2022, registrada con Número de Expediente 2866337 y Documento Número 4428392.
Con fecha 2 de marzo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le remita lo siguiente:
“SOLICITO SE ME REMITA A MI CORREO ELECTRÓNICO COPIA DEL EXPEDIENTE COMPLETO QUE DA LUGAR A RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS Nº 0176-2011-GRA/GREM DE FECHA 22 DE JULIO DE 2011, POR MEDIO DE LA CUAL SE OTORGA LA CONCESION DE BENEFICIO “LA VALEROSA” DE CODIGO: P000081609 A MINERA LA VALEROSA S.A.C., IDENTIDICADA CON R.U.C. Nº 20455547327; ASI COMO COPIA DE LA RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS Nº 0176-2011-GRA/GREM DE FECHA 22 DE JULIO DE 2011” (sic)
Con fecha 23 de marzo de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000806-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 31 de marzo de 2022, notificada a la entidad en fecha 5 de abril de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 615-2022-GRA/SG recibido por esta instancia en fecha 12 de abril de 2022, la entidad informó que trasladó los requerimientos antes descritos al área pertinente pero no obtuvo respuesta, por lo que remitirá los actuados a la Secretaría Técnica de Procesos Administrativos para el deslinde de responsabilidades.
Con fecha 2 de marzo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le remita lo siguiente:
“SOLICITO SE ME REMITA A MI CORREO ELECTRÓNICO COPIA DEL EXPEDIENTE COMPLETO QUE DA LUGAR A RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS Nº 0176-2011-GRA/GREM DE FECHA 22 DE JULIO DE 2011, POR MEDIO DE LA CUAL SE OTORGA LA CONCESION DE BENEFICIO “LA VALEROSA” DE CODIGO: P000081609 A MINERA LA VALEROSA S.A.C., IDENTIDICADA CON R.U.C. Nº 20455547327; ASI COMO COPIA DE LA RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS Nº 0176-2011-GRA/GREM DE FECHA 22 DE JULIO DE 2011” (sic)
Con fecha 23 de marzo de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000806-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 31 de marzo de 2022, notificada a la entidad en fecha 5 de abril de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
Mediante el Oficio N° 615-2022-GRA/SG recibido por esta instancia en fecha 12 de abril de 2022, la entidad informó que trasladó los requerimientos antes descritos al área pertinente pero no obtuvo respuesta, por lo que remitirá los actuados a la Secretaría Técnica de Procesos Administrativos para el deslinde de responsabilidades.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala