Resolución N.° 000954-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
13 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00651-2022-JUS/TTAIP de fecha 21 de marzo de 2022, interpuesto por BRIGITH ELIZABETH AMAYA TUFINO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHARAT con fecha 3 de marzo de 2022.
Con fecha 3 de marzo de 2022, la recurrente solicitó a la entidad remitir a su correo electrónico la siguiente información: “números de cuentas bancarias recaudadoras a nombre de la Municipalidad Distrital de Charat, que son de dominio privado, así como el nombre de la entidad bancaria a la que pertenecen dichas cuentas”.
Con fecha 21 de marzo de 2022, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000776-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos , los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Con fecha 3 de marzo de 2022, la recurrente solicitó a la entidad remitir a su correo electrónico la siguiente información: “números de cuentas bancarias recaudadoras a nombre de la Municipalidad Distrital de Charat, que son de dominio privado, así como el nombre de la entidad bancaria a la que pertenecen dichas cuentas”.
Con fecha 21 de marzo de 2022, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000776-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos , los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala