Resolución N.° 000931-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
12 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00437-2020-JUS/TTAIP de fecha 21 de febrero de 2022, interpuesto por INVERSIONES FAVINELL S.A.C., representada por el señor Fabio Joaquín Proleon Trujillo, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA con fecha 28 de noviembre de 2021.
Con fecha 28 de noviembre de 2021, la empresa recurrente solicitó a la entidad “copias de la resolución de ejecución coactiva de embargo realizado a las cuentas corrientes de la empresa Leasing Total, con Expediente Coactivo Nº 0136392021/SGRYEC/GAT/MDV.”
Mediante escrito de fecha 21 de febrero de 2022, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 000752-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados.
Con fecha 28 de noviembre de 2021, la empresa recurrente solicitó a la entidad “copias de la resolución de ejecución coactiva de embargo realizado a las cuentas corrientes de la empresa Leasing Total, con Expediente Coactivo Nº 0136392021/SGRYEC/GAT/MDV.”
Mediante escrito de fecha 21 de febrero de 2022, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución N° 000752-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala