Resolución N.° 000902-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
8 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00602-2022-JUS/TTAIP de fecha 14 de marzo de 2022, interpuesto por JOSE LUIS BEDOYA MENDOZA contra la respuesta contenida en la CARTA N° 6657-2022-SUNEDU-03-08-04 de fecha 23 de febrero de 2022, a través de la cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA - SUNEDU, atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 9 de febrero de 2022.
Con fecha 9 de febrero de 2022, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“la Señorita Karen Sandoval Santa Cruz manifiesta en su curriculum vitae haber brindado servicios de Asistente Administrativo en el despacho de la Superintendencia entre los meses de agosto del 2016 a julio del 2019. bajo ese contexto, solicito EL CONTRATO QUE tuvo la SEÑORITA KAREN SANDOVAL SANTA CRUZ (LLAMESE CONTRATO LABORAL, CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS, ordenes de servicios, ETC) para desempeñar dicha actividad en ese transcurso de tiempo y el respectivo curriculum vitae documentado que la hizo acreedora del precitado contrato con la entidad a fin de desempeñarse como ASISTENTE ADMINISTRATIVO” [sic]
Con fecha 9 de febrero de 2022, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información:
“la Señorita Karen Sandoval Santa Cruz manifiesta en su curriculum vitae haber brindado servicios de Asistente Administrativo en el despacho de la Superintendencia entre los meses de agosto del 2016 a julio del 2019. bajo ese contexto, solicito EL CONTRATO QUE tuvo la SEÑORITA KAREN SANDOVAL SANTA CRUZ (LLAMESE CONTRATO LABORAL, CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS, ordenes de servicios, ETC) para desempeñar dicha actividad en ese transcurso de tiempo y el respectivo curriculum vitae documentado que la hizo acreedora del precitado contrato con la entidad a fin de desempeñarse como ASISTENTE ADMINISTRATIVO” [sic]
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala