Resolución N.° 000870-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

6 de abril de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00587-2022-JUS/TTAIP de fecha 11 de marzo de 2022, interpuesto por JONATHAN VIVANCO FALCÓN contra el Memorando N° 328- 2022-MTC/21.ORH notificado mediante el correo electrónico de fecha 10 de marzo de 2022, a través del cual el PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO - PROVIAS DESCENTRALIZADO, atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con Número MPV: 00067641 Expediente N° V012207574 de fecha 9 de marzo de 2022.
Con fecha 9 de marzo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad se le remita por correo electrónico la siguiente información:
“De Todos los Funcionarios y Servidores que Integran PROVIAS DESCENTRALIZADO SEDE CENTRAL -LIMA.
a) Relación Completa de los Funcionarios y servidores que Integran PROVIAS DESCENTRALIZADO SEDE CENTRAL -LIMA, N° DNI, Los Cargos que ocupan, Régimen Laboral y Los montos que Perciben por Remuneración mensual.
b) Contrato (adendas de ser el caso) y hoja de vida (completa y documentada) de todos Funcionarios y servidores que Integran PROVIAS DESCENTRALIZADO SEDE CENTRAL -LIMA” [sic]
Mediante el Memorando N° 328-2022-MTC/21.ORH notificado mediante el correo electrónico de fecha 10 de marzo de 2022, la entidad a través de la Oficina de Recursos Humanos de la entidad, brindó respuesta al requerimiento efectuado por el recurrente señalando lo siguiente:
“(…)
1. En relación al punto a), la relación completa de los funcionarios y servidores que integran Provias Descentralizado - Sede Central, N° DNI, los cargos que ocupan, régimen laboral y los montos que perciben por remuneración mensual se encuentra en el Portal de Transparencia de Provias Descentralizado, el cual se puede visualizar en el siguiente enlace https://www.pvd.gob.pe/portal-detransparencia/
2. En relación al punto b), es de precisar que dicha información contiene datos sensibles, que en el marco de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, lamentablemente no es posible proporcionar.” [sic]
Con fecha 11 de marzo de 2022, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, manifestando su inconformidad con la respuesta recibida al considerar que la misma se encuentra fuera del marco normativo.
Mediante la Resolución N° 000724-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos. En atención a ello, mediante el Oficio N° 004-2022- MTC/21.OA.ACGD.TRANSPARENCIA, ingresado a esta instancia con fecha 4 de abril de 2022, la entidad remitió el expediente administrativo requerido; sin embargo, no formuló descargo alguno.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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