Resolución N.° 000815-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
31 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00486-2022-JUS/TTAIP de fecha 28 de febrero de 2022, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el PODER JUDICIAL con fecha 7 de febrero de 2022 con Registro N° PJ0000027951.
Con fecha 7 de febrero de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico lo siguiente:
“a) Relación de montos adeudados por el Poder Judicial a los jueces supremos por concepto de homologación de remuneraciones ocasionada por la demanda de cumplimiento planteada por la Asociación Nacional de Magistrados contra el MEF, Exp. 6582-2009.
b) Relación de montos adeudados por el Poder Judicial a los jueces o ex jueces por concepto de indemnización fijada judicialmente por haber sido cesados por decretos leyes dictados por el Gobierno iniciado el 05 de abril de 1992.”
Con fecha 28 de febrero de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000659-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 17 de marzo de 2022, notificada a la entidad en fecha 24 de marzo de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Con fecha 7 de febrero de 2022, el recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico lo siguiente:
“a) Relación de montos adeudados por el Poder Judicial a los jueces supremos por concepto de homologación de remuneraciones ocasionada por la demanda de cumplimiento planteada por la Asociación Nacional de Magistrados contra el MEF, Exp. 6582-2009.
b) Relación de montos adeudados por el Poder Judicial a los jueces o ex jueces por concepto de indemnización fijada judicialmente por haber sido cesados por decretos leyes dictados por el Gobierno iniciado el 05 de abril de 1992.”
Con fecha 28 de febrero de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000659-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 17 de marzo de 2022, notificada a la entidad en fecha 24 de marzo de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala