Resolución N.° 000814-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

31 de marzo de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 00471-2022-JUS/TTAIP de fecha 25 de febrero de 2022, interpuesto por ESTELA MARJORIE CASTILLO WONG contra el Oficio N° 027-2022-SUNARP-Z.R.N°IX/URH de fecha 10 de enero de 2022, por el cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 14 de diciembre de 2021 con Registro N° 053171.
Con fecha 14 de diciembre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico lo siguiente: “copia certificada de la siguiente documentación: 1. Del perfil que me ha sido asignado desde el 02 de agosto del 2004 hasta la actualidad, a fin de poder realizar labores de Abogado Certificador.” (sic)
Mediante el Oficio N° 027-2022-SUNARP-Z.R.N°IX/URH de fecha 10 de enero de 2022, la entidad señaló a la recurrente lo siguiente:
“(…)
Al respecto, se le comunica que el cargo de Abogado Certificador de naturaleza funcional; es decir no cuenta con una descripción del cargo en el Manual de Organización de Funciones (MOF), siendo su marco normativo lo contemplado en el Reglamento del Servicio de Publicidad Registral, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 281-2015-SUNARP/SN; por lo que no resulta posible atender su requerimiento.” (sic)
Con fecha 19 de enero de 2022, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis contra la referida comunicación, alegando lo siguiente: “El jefe de la unidad de recursos humanos, indebidamente ha denegado mi pedido; ya que NO HE SOLICITADO SE ME OTORGUE EL PERFIL DEL PUESTO DE ABOGADO CERTIFICADOR; sino, EL PERFIL QUE ME HA SIDO ASIGNADO PARA EXPEDIR PUBLICIDAD COMPENDIOSA Y LITERAL.” Además, refiere: “Como asistente registral, tengo asignado ese perfil, lo cual me permite cumplir mis labores de precalificación de títulos”, “[d]esde el 02/08/04 hasta la actualidad se me encargó realizar labores de Abogado Certificador” y “[j]ustamente, lo que solicito es que se me expida copia del perfil de puesto de trabajo que me ha sido asignado desde el 02/08/04 que me permite expedir publicidad literal y compendiosa.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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