Resolución N.° 000734-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
25 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00349-2022-JUS/TTAIP de fecha 10 de febrero de 2022, interpuesto por RONY FASANANDO SINTI contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIDAD EJECUTORA HOSPITAL II- 2 TARAPOTO, con fecha 26 de enero de 2022.
Con fecha 26 de enero de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la remisión a través de su correo electrónico de la siguiente información: “Actos realizados por la entidad para determinar responsables y sanciones según el reglamento y la ley de contrataciones con el Estado N° 30225 y el Código Penal, con respecto a la denuncia ingresada por mi persona- Sobre presentación de documentación falsa contra la empresa: Grupo Thule S.A.C y otros involucrados”.
Con fecha 10 de febrero de 2022, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública, en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000548-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido alcanzados.
Con fecha 26 de enero de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la remisión a través de su correo electrónico de la siguiente información: “Actos realizados por la entidad para determinar responsables y sanciones según el reglamento y la ley de contrataciones con el Estado N° 30225 y el Código Penal, con respecto a la denuncia ingresada por mi persona- Sobre presentación de documentación falsa contra la empresa: Grupo Thule S.A.C y otros involucrados”.
Con fecha 10 de febrero de 2022, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública, en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000548-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA , se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos, los cuales, a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido alcanzados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala